tag:blogger.com,1999:blog-6829149942644504873.post2487672884022848755..comments2008-06-11T14:15:01.818+02:00Comments on COMPRAS PÚBLICAS EFICACES: Pliegos de Cláusulas. Selección de la empresa.Guillermohttp://www.blogger.com/profile/07591197470762379149noreply@blogger.comBlogger2125tag:blogger.com,1999:blog-6829149942644504873.post-1264629542818055052008-06-11T14:15:00.000+02:002008-06-11T14:15:00.000+02:00Hola mj. Pues no lo sé. Según dice la el art. 134....Hola mj. Pues no lo sé. Según dice la el art. 134.2º: tres expertos; NO estarán integrados en el órgano proponente del contrato que deberán contar con cualificación adecuada.Por otro lado, la mesa de contratación es el órgano competente para valorar las ofertas (art. 295) y propone al órgano de contratación la adjudicación. Y es el órgano que delibera en base la cualificación sus miembros el Guillermohttp://www.blogger.com/profile/07591197470762379149noreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-6829149942644504873.post-41128266132767573822008-06-11T12:58:00.000+02:002008-06-11T12:58:00.000+02:00En cuanto al comité de expertos al que corresponde...En cuanto al comité de expertos al que corresponde realizar la evaluación de ofertas conforme a criterios cuya cuantificación depende de juicios de valor: ¿a quién le corresponde nombrar a las personas que lo integren? ¿al órgano de contratación? ¿a la mesa de contratación? Gracias por el blogmjhttp://www.blogger.com/profile/02173152054490000328noreply@blogger.com