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lunes, 27 de noviembre de 2017

Jornada: La plataforma de contratación para pequeños municipios.

Dejo aquí la presentación que voy a usar mañana en una jornada que tenemos en la diputación provincial de Soria sobre la plataforma de contratación del Sector Público.

La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 impone la obligación de usar la plataforma de contratación del Sector Público o en nuestro caso el Sistema Duero de Contratación Electrónica.

Bueno la nueva Ley nos obliga a usar mucho más el perfil de contrantante. Hay que publicar más datos e informaciones, prácticamente todo a lo que estábamos obligados por la Ley de Transparencia, ahora hay que hacerlo en el perfil de contratante.

Eso sí el perfil de contraten debe estar publicado en la plataforma de contratación del Sector Público. Las consecuencias de que lo que publiquemos en el perfil de contratante no esté en la plataforma de contratación del Sector Públicos son:
  • Con carácter general: No surtirán los efectos legales correspondientes.
  • En particular: Si el anuncio de licitación no está publicado en la plataforma de contratación del Sector Público hay un vicio de NULIDAD.
Salvo que se disponga de una solución de mercado, las alternativas que tenemos son:

  • conectar el perfil de contratante que se esté usando a la plataforma o
  • usar directamente la plataforma de contratación del Sector Público (yo me quedo con esta opción).
Para pequeños municipios usar directamente la plataforma puede ser un problema. Hay riesgos que hay que gestionar como la información y la comunicación, la formación y el soporte a los secretarios.

Dejo aquí la presentación que voy a usar. Aunque la jornada va a ser práctica. 

martes, 16 de mayo de 2017

9 razones para atender al II Congreso Nacional de Contratación Pública Electrónica.

Hacía mucho que no usaba ese blog. El tiempo, ánimos y esfuerzo que tengo es limitado y lo consumo por otros sitios de la red. Este blog lo reservo para ciertas ocasiones, como ésta.

El próximo día 24 de mayo se celebra el II Congreso Nacional de Contratación Pública Electrónica en Madrid.

Si te afecta la contratación pública (si eres un promotor de contratos, un gestor, un interventor, un secretario, un vocal o presidente de una Mesa de Contratación, un letrado de un Tribunal de Recursos Contractuales, un vocal de una Junta Consultiva, un profesor universitario, un empresario o un empresario de una empresa proveedora de tecnología para gestionar la contratación pública, un auditor o lo que seas en relación con la contratación pública....) deberías atender a este evento porque:
  1. En un solo sitio y en un sólo día se va a tocar o enfocar el asunto/problema de la contratación pública electrónica desde múltiples puntos de vista. El Comité que organiza el evento ha intentado diseñar un programa diverso y múltiple. Quizá algo extenso.
  2. Este asunto, la contratación pública electrónica o como diría Manuel Caño Gómez"la transición a la gestión electrónica de la contratación (actividad) pública" es un auténtico reto para todas las organizaciones.
  3. Muchas organizaciones no han tenido éxito en sus procesos de transición hacia lo digital. Ninguna organización ha acabado la transición y las pocas que la han iniciado siguen transitando, mejorando, cambiando, luchando. Se lo podréis preguntar a Ángel Cancelo o a Víctor Almonacid Lamelas, o Fernando Álvarez, estarán en el evento.
  4. Sabemos las fechas (2 de octubre de 2016, día de San Saturio, cuando entraron en vigor las Leyes 39 y 40 de 2015 y 18 de octubre de 2018, que dicen las directivas) y hemos empezado a leer lo que dice el proyecto de Ley de Contratos del Sector Público.
  5. También sabemos que la inmensa mayoría de las organizaciones no llegaremos a tiempo.
  6. Si hablamos de gestión electrónica de la contratación pública, necesitaremos un soporte electrónico. Pues bien, tenemos tecnología de sobra: pública (Plataforma de Contratación del Sector Público + software del Centro de Transferencia Tecnológica ver ejemplo de la Diputación de Ciudad Real vía  Luis Jesús de Juan Casero)  y privada (unas siete plataformas de empresas del sector que se pueden contratar). Cada opción con sus ventajas e inconvenientes.  Por cierto, ¿qué vais a hacer con el uso obligatorio de la Plataforma de Contratación del Sector Público?
  7. Además de resolver el fleco "electrónico" del problema, ¿qué estáis haciendo?, ¿qué pensáis hacer?, ¿cómo vais a afrontar la transición?, ¿qué sabéis de todo esto?
  8. SABES QUE la gestión electrónica de la contratación pública es la única forma de alcanzar una contratación pública transparente (lo dijo no sé dónde, no sé cuándo Borja Colón de Carvajal: "la transparencia se alimenta de datos electrónicos").
  9. SABES QUE la gestión electrónica de la contratación pública es la única forma de alcanzar una contratación pública estratégica, es decir, sólo podremos pensar en utilizar la contratación pública como una herramienta para ejecutar políticas públicas sociales, medioambiental, innovadoras, de promoción de las PYME sí tenemos un terreno electronico. Alcanzar la contratación pública estratégica es todo un reto, se lo podréis preguntar a Bernabé Palacín Sáenz (ver plan del ayuntamiento de Logroño) y a José Manuel Martínez Fernández (ver instrucción del ayuntamiento de Valladolid), andarán por el evento.

La transición al formato electrónico es un auténtico reto que estamos obligados a afrontar por mandato legl (leyes 39 y 40, directivas y próxima LCSP); de conseguir ese primer objetivo dependen el cumplimiento de otras obligaciones legales, otros retos (transparencia y contratación estratégica). 

Hay que tener presente, como dice Bernabé Palacín Sáenz "que aunque una norma diga lo que ha de hacerse, no garantiza su ejecución conforme" (El Consultor de los Ayuntamientos nº 5/2017, de 15 de marzo en "La gestión de calidad como punto de apoyo hacia la transformación local"). Tampoco creo que la tecnología se pueda implantar en la gestión pública "manu militari" (no conozco ningún caso).

Pienso que el evento, aunque hay a quién no le gusta, es una buena oportunidad (¿única?) para escuchar opiniones, ideas, advertencias y sugerencias sobre todas estas variables. La información sobre este reto es clave para que cualquier esfuerzo, sea o no económico, termine siendo una inversión y no un gasto. La información debe preceder a la acción.

MUY IMPORTANTE: Es una excelente oportunidad para ampliar y trabajar vuestras redes de contactos. No os quedéis en el mero intercambio de pliegos y opiniones, un contacto de "confianza" os puede dar mucho juego, os puede resultar muy rentable, tanto para vosotros como para vuestras organizaciones (es el paso previo para hacer un poco de "benchmarking" como bien sabe Bernabé Palacín Sáenz (ya sabéis que si os queréis profesionalizar tenéis que conseguir un "perfil Bernabé") o Máximo Manuel Fraile Escrich). La confianza hay que trabajarla y cuidarla. Este evento es una oportunidad para que empecéis a cuidar vuestra red, para que empecéis a barajar la idea de trabajar en red.

De eso hablaré yo, de la "Contratación pública electrónica 2.0, la contratación pública electrónica colaborativa o en red".

Agradezco a Jaime Pintos Santiago su oferta para dar mi opinión sobre cómo enfocar un reto que afecta:
  • a todo el sector público (organizaciones grandes y pequeñas, concentradas y dispersas (hace unos días vi en directo la estructura de la AECID - Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, uffff...). En el sector público hay muchas organizaciones - 17.780 entes en el sector local -) quizá demasiadas y
  • a todas las empresas que participan en licitaciones del sector público (casi todas PYME). 
Comentaba Jaime su opinión sobre el "estado de la contratación pública electrónica". Su diagnóstico del problema es la falta de coordinación y de colaboración.

Comparto su enfoque y sigo el hilo de la cometa.

Creo que si consiguiéramos pasar a escenarios más profesionales (como dice José María Gimeno Feliú) y colaborativos, tanto a nivel "micro" (en cada organización) como "macro" (Plataforma de Contratación del SP con agentes implicados o mejor con un Plan Nacional de Implantación de la contratación pública electrónica), se alcanzaría antes y con mayores garantías de éxito ese escenario electrónico base de la gestión estratégica y transparente de la contratación pública.

El liderazgo, la información, la comunicación, la formación, la participación y el trabajo colaborativo son el único terreno donde puede crecer, con ciertas probabilidades de éxito, cualquier proyecto de transición a la contratación/administración pública electrónica.

He pensado en este asunto bastante. He reflexionado en voz alta. En negativo (la administración electrónica ha muerto) y en positivo (la contratación pública electrónica 2.0 el proyecto que presenté con el auspicio y consentimiento de Jaime Dominguez-Macaya Laurnaga a la XI edición del premio Iberoamericano a la innovación y al emprendimiento de la Fundación Everis en el 2012).

Cinco años después sigo pensado. De lo electrónico a lo transparente y a estratégico. Paso a paso.

Por las tardes, cuando paseo a mi perro, me planteo qué se puede hacer, cómo hacerlo, qué tengo, qué necesitaría...

Hablaré de todo esto el día 24 de mayo. Del CAMBIO que debemos hacer en nuestras organizaciones para conseguir que la tecnología se use en la gestión de la actividad pública, para conseguir que se produzca o se empiece a producir la transformación digital en cada organización. Cambios que afectan a personas, a casi todas las personas de la organización, incluidos nosotros mismos. Nadie puede estar al margen del cambio.

Si los que tenemos que afrontar este reto tuviéramos 11 años igual teníamos mayores probabilidades de éxito.

Mi hija Celia, con 11 años, aprende a colaborar en el colegio. Más que estudiar trabajan por proyectos donde ejercitan sus habilidades de liderazgo, comunicación, escucha, participación, colaboración... En fin todo lo que NO tenemos los empleados públicos que tenemos que afrontar estos retos. ¿En qué proceso selectivo se exigen estas habilidades?

Nosotros, cuarentañeros: ¿qué sabemos de colaborar, de comunicar, de liderar, de informar...? y lo que es más importante, ¿qué estamos dispuestos a aprender?

¿Quién está dispuesto a volver al colegio?, ¿quién quiere aprender?

Afortunadamente tenemos un aliado estratégico, (criterio 4º del Marco Común de Evaluación (CAF)): la red, las redes sociales, las comunidades de práctica.

Estos espacios electrónicos (muy, muy baratos), nos pueden ayudar a aprender y a gestionar el liderazgo, la información, la comunicación, la participación y colaboración del personal, su formación .... los aspectos de éxito (ver norma ISO/IEC 38500:2008que hay que gestionar en todo proceso implantación de tecnología como así lo han dicho, por activa y pasiva: Jaime Dominguez-Macaya Laurnaga (autor del manual "Claves para una contratación pública electrónica eficaz", Capítulo V de lectura obligatoria), Manuel Caño Gómez (editor del blog contratación-pública-electrónica), Luis Jesús de Juan Casero y Concepción Campos Acuña en la comunidad de administración electrónica del Inap Social, Víctor Almonacid Lamelas, Alberto Ortiz de Zarate, Iñaki Ortíz Sánchez, Fermín Cerezo, Tirso Camacho Mira en la comunidad de dirección pública del Inap Social, Oriol Bausa, Jaime Pintos Santiago (coordinador del manual “La implantación de la administración electrónica y de la e-factura”)... y muchos otros profesionales con "solvencia" en ese asunto.

Más o menos esta es la línea que seguiré. Sigo pensando que la idea que desarrollé en la contratación pública electrónica 2.0, la contratación pública colaborativa, la contratación pública en red es buena.

El año pasado también insistí en este asunto en el IV Congreso Internacional EDO 2016: “Aprendizaje situado y aprendizaje conectado: implicaciones para el trabajo”.

La red, en general, y las redes sociales corporativas, en particular, son unas herramientas formidables, (ver el debate "Redes sociales corporativas" en la comunidad de formación del Inap Social con Jesús Martínez Marín editor del blog "trabajo colaborativo" y otros especialistas con "solvencia" en este tema.

Las redes sociales corporativas son la forma más rápida e inteligente para generar un terreno de cultivo donde crezca el liderazgo, el trabajo en equipo y la innovación. Un terreno donde agarren y crezcan fuertes proyectos de innovación, de planificación, de modernización, de ...., lo que sea. Un terreno donde se pueda cumplir con la obligación de utilizar la tecnología en la gestión de la actividad pública, sea o no contratación pública.

Como siempre, se admiten ideas, sugerencias, correcciones, ...

Aquí está la presentación que utilizaré, de momento en blando.

Solo decir que el evento lo organiza Miguel Ángel de Bas del club de Innovación, garantía de éxito y calidad.

Por todo esto, creo que os deberías inscribir en este evento.

sábado, 28 de noviembre de 2015

Aspectos prácticos plataforma de contratación del Sector Público, ¿qué puede hacer un pequeña or..QUÉ HACER CON LA CONTRATACIÓN PÚBLICA ELECTRÓNICA?

Ayer estuve en el ayuntamiento de Arrollo de la Encomienda dando un curso sobre:

  • aspectos prácticos de la plataforma de contratación del Sector Público,
  • las opciones y posibilidades de uso en organizaciones pequeñas, 
  • y sobre cómo plantearse el asunto de la contratación pública electrónica, teniendo en cuenta, que hay que usar obligatoriamente la plataforma de contratación del Sector Público.
Otra cosa que pude ver es el avanzado grado de gestión (electrónica) que tienen en el ayuntamiento de Arrollo de la Encomienda. Me contó su alcalde que desde el año 2008 se pusieron las pilas, se lo tomaron en serio y, claro, ahora tienen su gestión interna organizada y en formato electrónico.

Dejo aquí la presentación que preparé y un enlace a una página de la wiki con algún recurso sobre la plataforma.





domingo, 13 de febrero de 2011

La Plataforma de Contratacion del Estado se actualiza.

El pasado 9 de Febrero, como usuario de la Plataforma de Contratación del Estado (en adelante PCE), me llegó un correo anunciándome que la PCE iba a ofrecer nuevas prestaciones o funcionalidades.

Según dice el correo, las nuevas funcionalidades obedecen a la necesidad de cumplir lo previsto en la Ley 34/2010, de 5 de agosto, aunque yo creo que también se ha aprovechado la ocasión para adecuar la PCE a lo previsto en la Ley 11/2007.

Yo creo que la PCE es una buena herramienta que, entre tanto la contratación electrónica se aclara e impulsa, deberíamos utilizar todos los poderes adjudicadores. Al igual que con el asunto de los Registros voluntarios de licitadores en el ámbito local y por las mismas razones, todos los poderes adjudicadores deberían suprimir sus perfiles de contratante y utilizar la PCE.

Aunque la actualización HA llegado con 5 meses de retraso, (entró en vigor el 9 de Septiembre de 2010) no creo que haya ningún perfil de contratante que dé lo que ofrece gratis la PCE y en los tiempos que corren hay que, o mejor dicho, debemos aprovechar los recursos disponibles y reutilizar lo disponible (proyecto Aporta).

Dicho esto, lo nuevo que ofrece en la adaptación a la Ley 34/2010:
  • Requerimiento de documentación al licitador con la oferta económicamente más ventajosa, de acuerdo con la Ley 34/2010.
  • Notificación de adjudicación, de acuerdo con la Ley 34/2010
  • Envío al DOUE del nuevo anuncio de transparencia previa voluntaria contemplado en la Ley 34/2010
  • Envío al DOUE de anuncios de procedimientos desiertos, renuncias y desistimientos
  • Posibilidad de publicar nuevos tipos de documentos relacionados con una licitación (composición de las mesas, avisos sobre eventos de información pública, resoluciones, etc.)
  • Posibilidad de organizar los documentos publicados en su perfil del contratante.
No obstante, yo creo que el gran esfuerzo ha sido cumplir lo dispuesto en la Ley 11/2007 sobre comunicaciones y notificaciones electrónicas.

Actualmente y con las nuevas funcionalidades que ofrece la PCE:

1. Se diferencian las comunicaciones de las notificaciones electrónicas. Más o menos son lo mismo pero con algún matiz más riguroso en la tramitación de las notificaciones. (Más información aquí).

2. Se dice en el manual que "las comunicaciones y notificaciones electrónicas deben cumplir con los requisitos legales de fiabilidad del contenido y de entrega al destinatario", es decir, deben ser tramitadas con salvaguarda de la seguridad jurídica de lo actuado y para ello se recurre a los certificados electrónicos y a los sistemas de firma electrónica.



Y continúa diciendo el manual "la Plataforma registra el acceso al contenido de la comunicación mediante un certificado digital reconocido (ejemplo el DNI electrónico), mostrando al órgano de contratación el momento en que se produjo el acceso a la misma, y la identificación de la persona que lo hizo. 
No se puede acceder al contenido de la comunicación sin certificado digital, por lo que la persona que acceda siempre estará identificada Como paso previo para poder enviar una comunicación a un licitador, este deberá haber sido dado de alta en la pestaña “Licitadores”, indicando la dirección de correo electrónico a la que se enviará el correo de aviso."

Aunque también dice y despita bastante lo siguiente: "el destinatario recibe un correo electrónico avisándole de que se le ha enviado una comunicación electrónica que podrá leer accediendo a la Plataforma de Contratación del Estado con su usuario y password, que podrá obtener registrándose en la misma de forma gratuita e inmediata si todavía no lo ha hecho."

Si bien según el art. 13.1º de la Ley 11/2007 establece que la identificación electrónica sólo se puede hacer por los sistemas de firma electrónica firma electrónica que sean conformes a lo establecido en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, la identificación electrónica en la PCE se puede hacer con un certificado electrónico o con un usuario y un password.

Sobre este asunto, cómo proceder a la autenticación e identificación electrónica, copio y pego la cuestión que señala el Libro Verde sobre la contratación pública electrónica se ha cuestionado lo siguiente: "En la UE se ha adoptado ya toda una serie de requisitos y soluciones encaminadas a resolver las cuestiones relativas a la autenticación e identificación. Algunas de estas soluciones son muy simples tecnológicamente, como el empleo de combinaciones de nombre de usuario/contraseña. Otras son más avanzadas y requieren tipos específicos de firma electrónica, como la firma cualificada (que exige una certificación digital emitida por proveedores de servicios de certificación reconocidos o habilitados). La decisión de fomentar la firma electrónica cualificada en el marco del Plan de Acción puede haber situado el nivel de referencia de las solicitudes de contratación electrónica demasiado alto, así como haber aumentado los costes y complicado la tarea de presentación electrónica de ofertas. La elección del nivel de seguridad de una firma electrónica debe basarse en una evaluación del riesgo de las soluciones de firma/identificación que no han prosperado." Más información sobre esto.

Resumiendo este asunto:

  1. A nivel nacional, la forma legal y válida de identificarse electrónicamente es la firma electrónica.
  2. En la PCE, junto con la firma electrónica, se admite el usuario y la clave como forma de identificación.
  3. A nivel Europeo, no está claro qué forma sería la mejor.

3. Cumple con el primer requisito de cualquier comunicación o notificación electrónica, el consentimiento del destinatario, en nuestro caso, el licitador. No obstante, creo que aquí se podría avanzar algo y forzar a que los licitadores sólo utilicen el canal electrónico, para ello se debe articular jurídicamente la obligatoriedad de utilizar la PCE, y esto creo que se podría hacer vía pliego (aquí hay un planteamiento) o vía ordenanza reguladora de la utilización de los medios electrónicos (en la misma en  la que se regule la sede electrónica, el boletín electrónico, el registro electrónico....)

4. De la comunicación electrónica, en la medida en que se ha hecho por un medio seguro, se puede consultar el estado sobre:

  • Fecha y hora en la que se envió la comunicación desde la Plataforma.
  • Estado de la comunicación: En caso de que se haya accedido a su contenido, se indicará la fecha y hora de acceso a la misma, el identificador (NIF, NIE, etc.) del certificado digital (por ejemplo DNI electrónico) a través del cual se accedió a su contenido.
  • Descargar el documento remitido al destinatario de la comunicación.
  • Sello de tiempo de la FNMT que acredita la fecha de envío de la comunicación.
(Más información sobre los requisitos de las notificaciones electrónicas).

5. El sistema de notificación electrónica que usa la PCE es por comparecencia en la sede electrónica. Cada poder adjudicador, dentro de la PCE, tiene su espacio virtual de la licitación, ahí es donde se tramitan las notificaciones electrónicas.

6. Si un licitador no está registrado se le envía un correo electrónico, para que se registre en la PCE.

Dejo aquí la Guía "Resumen de Nuevas Funcionalidades de la Plataforma de Contratación del Estado".

Únete a la red social de contratación pública electrónica:

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Comunidad de prácticas de Contratación Pública.
Usuario en twitter: @econtratacion.


viernes, 2 de mayo de 2008

La Plataforma de Contratos del Estado ya está operativa.

En la última entrada que hice, hablando del perfil del contratante y del problema del sellado del tiempo, decía que la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante LCSP) había previsto una solución, la Plataforma de Contratos del Estado, de la cual no se sabía nada, y "zas", apurando todo lo apurable, en el Boletín Oficial del Estado nº 105 de 1 Mayo aparece la Orden que aprueba las instrucciones para operar en la Plataforma de Contratos del Estado.

¿Y qué es y para qué nos va servir la Plataforma de Contratos del Estado?.

1. La Plataforma de Contratación del Estado (en adelante PCE no confundir con el otro PCE), según dispone el art. 1 de la Orden EHA/1220/2008 está operativa desde el 2 de Mayo de 2008 a través de http://www.contrataciondelestado.es/, portal único de acceso a la PCE (art. 309.4º)

2. La PCE permite dar publicidad a través de INTERNET a las convocatorias de licitaciones y sus resultados y a cuanta información se considere relevante relativa a los contratos que celebren, así como prestar otros servicios complementarios asociados al tratamiento informático de estos datos (art. 309.1º).

3. En concreto, la PCE sirve (art. 5.1º de la Orden EHA/1220/2008) para:

  1. Publicación de información contractual: Anuncios de licitación; adjudicación provisional y definitiva; anuncio indicativo previo; pliegos; anulaciones del procedimiento; consultas formuladas y respuestas aportadas por el órgano de contratación; celebración de acuerdos marco; instrucciones internas de contratación; modelos de pliegos particulares para categorías de contratos de naturaleza análoga.
  2. Enviar anuncios al BOE o al DOUE.
  3. Notificaciones a candidatos o licitadores: Admisión y rechazo de candidatos y los licitadores; adjudicación provisional y definitiva; renuncia del órgano de contratación a celebrar un contrato ya convocado;desistimiento del procedimiento.
  4. Sellado del tiempo a través de la Fabrica Nacional de la Moneda y el Timbre.
  5. Sistemas para generar anuncios, comunicaciones y notificaciones en los procesos de publicación de licitaciones cuando se interactúe con la PCE a través del Portal.
3. Los órganos de contratación de la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos, Entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social y demás Entidades públicas estatales deberán publicar en esta plataforma su perfil de contratante. El resto de órganos de contratación podrán publicar su perfil de contratante, según los arts. 309.1º y art. 1 de la Orden EHA/1220/2008.

4. Si bien las Entidades Locales no estamos obligadas a publicar nuestro perfil de contratante en la PCE, tenemos la opción de recurrir a la mima para publicar nuestra información, ya que:
  1. Uno de los problemas más gordos que hay que solucionar es el perfil de contratante y la acreditación de forma fehacientemente del inicio de la difusión pública de la información. Al igual que se exige para el perfil de contratante en el art. 42.3º, la PCE debe contar con un dispositivo que permita acreditar fehacientemente el inicio de la difusión pública de la información que se incluya en la misma.
  2. Este problema, como bien anticipo Javier Reyes, debe ser resuelto mediante las técnicas de sellado de tiempo, siendo la Fabrica Nacional de la Moneda y el Timbre (FNMT) el prestador de servicios de certificación electrónica que el Estado ha especificado para prestar el servicio de sellado de tiempo, según establece el el art. 29 Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos. Es decir, la FNMT va a acreditar que en un determinado instante de tiempo se produjo un determinado hecho.
  3. En consecuencia, la publicación de anuncios y otra información relativa a los contratos en la plataforma surtirá los efectos previstos en la Ley (art. 309.3º).
5. Para utilizar la PCE hay que dar de alta nuestro perfil de contratante, cumplimentando el titular del órgano de contratación la solicitud establecida (art. 3 de la Orden EHA/1220/2008).

6. Para publicar información relativa a nuestras licitaciones en la PCE, el art. 4 de la Orden EHA/1220/2008 establece que se podrá efectuar a través del Portal (art. 7 Orden EHA/1220/2008) o a través de los Servicios web definidos al efectos (art. 6 Orden EHA/1220/2008).

Aquí ya empieza el lio, no distingo bien que diferencia hay entre publicar a través del servicio web o a través del portal, y lo que luego viene: CODICE, servicio web, portal, SML, normalización UMN, mapa ontológico, esquemas XSD v1.04, B2B..., pues ni idea.

Vamos a esperar a que nos lo aclaren y vamos a empezar a barajar la posibilidad de utilizar la solución desarrollada por el Estado.